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martes, 9 de septiembre de 2008

República y Constitución del M.A.S.

Carlos Alarcón*


En las puertas de un proceso para aprobar la nueva Constitución me veo obligado a dejar de lado la coyuntura y concentrarme en los defectos estructurales del proyecto de Constitución del MAS, para evitar que los cantos de sirena de doña Peque lleven al barco de Bolivia a estrellarse contra las rocas de la división y la anarquía.

El primer tema de análisis de este artículo son las razones por las cuales este proyecto de Constitución no incluye el concepto de “República”. A diferencia de un Estado monárquico o aristocrático, la República es un Estado constituido sobre la base de la unión de ciudadanos libres e iguales. En las monarquías y aristocracias los ciudadanos no tienen los mismos derechos y deberes con relación a la cosa pública, la inmensa mayoría o una parte importante de ellos están al servicio de una persona (monarca) o de un grupo privilegiado de personas (aristócratas) que detentan el poder.

En la Constitución del MAS se reconoce una aristocracia indígena, un grupo privilegiado de personas que tienen mayores derechos y privilegios con relación a los demás ciudadanos. Los que forman parte de las 36 naciones indígenas, muchas de ellas con escasa cantidad de población. Los siguientes contenidos demuestran esta afirmación:

1. Sólo pueden desempeñar funciones públicas desde portero de ministerio hasta Presidente de la República los que hablan dos idiomas oficiales, el castellano y una de las 36 lenguas indígenas reconocidas, con exclusión del 67% de los bolivianos que son monolingües. Este requisito, actualmente, únicamente lo cumplen los que pertenecen a las llamadas naciones indígenas.

2. Los miembros de las naciones indígenas tienen doble voto, en las circunscripciones especiales y en las ordinarias y tienen una representación política mayor a la de los demás ciudadanos porque estas 36 naciones (algunas no llegan a 1.000 habitantes) están obligatoriamente representadas en la Asamblea Legislativa Plurinacional, sin que para ello importe su peso poblacional específico.

3. Los miembros de las naciones indígenas tienen acceso exclusivo a los recursos naturales renovables y forestales que están en sus territorios, recursos que son de propiedad de todos los bolivianos; y tienen una participación preferente en los beneficios económicos derivados del aprovechamiento de los recursos naturales no renovables.

4. Un ciudadano que no pertenece a una nación indígena estará sometido a los usos y costumbres y a las autoridades de la jurisdicción indígena cuando sus actos tengan algún punto de conexión con el territorio en el que viven estos pueblos (el proyecto habla de la consolidación de los territorios ancestrales).

La república no acepta bolivianos de primera y de segunda. Todos participan por igual en la cosa pública. La Constitución del MAS no quiere una convivencia entre iguales; desea establecer una aristocracia indígena con privilegios a favor de este sector de la sociedad.
Afirmemos: ¡Viva la República!


*Carlos Alarcón es abogado constitucionalista.

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