El Prefecto de Pando, Leopoldo Fernández, no acata la Constitución Política del Estado vigente, que contempla el Estado de Sitio para reestablecer el orden en lugares donde hay convulsión interna; tampoco cumple normas internacionales humanitarias que en situaciones de conflicto protegen a la persona humana, su vida y libertad. “Resistiré”, dijo a varios medios Fernández, aliado durante años del ex dictador Hugo Bánzer Suárez. Ante esta realidad, el gobierno anunció su detención.
Fernández, principal autoridad legal del departamento de Pando, se niega a cumplir el Estado de Sitio, establecido en los artículos 111, 112, 113, 114 de la Constitución Política del Estado vigente. Esta medida fue dictada por el gobierno de Evo Morales después que el jueves pasado se produjo una masacre en Porvenir, donde se confirmaron hasta la fecha 14 muertos, aunque versiones de testigos de la matanza señalan que hay cadáveres que aún no han sido rescatados debido a que esas zonas todavía están bajo control de grupos autonomistas armados.
Debido a esta situación compleja, hasta la fecha ninguna comisión humanitaria ha logrado entrar hasta el mismo lugar de la masacre, debido a la negativa del Prefecto Leopoldo Fernández, quien es autoridad en virtud a la Constitución Política del Estado, que reconoce el voto popular como generador del mandato de una autoridad.
La negativa de Fernández viola el Derecho Internacional Humanitario, codificado en los Cuatro Convenios de Ginebra del 12 de Agosto de 1949 y en sus protocolos adicionales de 1977, contempla normas de derecho inspiradas por el sentimiento de la humanidad y centradas en la protección de la persona humana, en la protección de la vida y la libertad de miles de seres humanos.
Entre las principales normas, las autoridades en conflicto deben contemplar algunos puntos como por ejemplo:
• Colocar a los heridos en lugares fuera de peligro.
• Prohibición de atacar al personal de salud.
• Prohibición de atacar a los solados enfermos.
• Consideración del hospital como santuario.
• Considerar al hospital militar tan sagrado como el hospital civil.
El Derecho Internacional Humanitario crea unos deberes para el personal de salud.
Un deber de asistencia humanitaria (recoger y asistir a heridos y a enfermos)
Esto incluye el ejercicio de las profesiones propias del personal sanitario acorde con principios éticos y humanitarios al brindar tratamiento a heridos y a enfermos, prevenir las enfermedades y desarrollar programas de rehabilitación. Hasta la fecha, no se pudo hacer nada de eso en Cobija. Es más, algunos personas internadas en el Hospital de esa ciudad temen por sus vidas porque algunas personas del nosocomio les amenazaron con matarlos si es que los militares decidían tomar el control de toda la ciudad.
“Amenazaron con matarme si los militares se animan a tomar Cobija”, narró Jorge Borbo, una de las víctimas que permanece internada en el Hospital.
Ante esta realidad, el ministro de la Presidencia, Juan Ramón Quintana, anunció a la Red Erbol la detención del Prefecto Leopoldo Fernández, precisamente “por haber violado la Constitución y por haber generado la sangrienta matanza de campesinos”.
“Tomaremos en cualquier momento el control de la ciudad de Cobija”, indicó minutos antes del operativo final para reestablecer el “orden constitucional” alterada por “grupos paramilitares, mafiosos que operan a órdenes de Fernández, quien se hizo como político en la dictadura”.
http://www.la-razon.com/versiones/20080914_006395/
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